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Plusvalía: todo lo que siempre quisiste saber

PLUSVALÍA: todo lo que siempre quisiste saber

PLUSVALÍA: todo lo que siempre quisiste saber… y nunca te atreviste a preguntar… y reclamar!

La «PLUSVALÍA»… esa temida palabra que casi siempre que nos la dicen sabemos que nos va a tocar rascarnos en el bolsillo… sin que alcancemos a saber muy bien por qué.

Pues bien, esta inseguridad tiene los días (o, mejor dicho, los minutos) contados, porque en Valmesa te vamos a contar todo eso que siempre quisiste saber sobre la PLUSVALÍA, y nunca te llegaron a explicar.

Cuando realizamos la compraventa de un inmueble, se genera ese impuesto popularmente conocido como la “plusvalía municipal”. Técnicamente hablando, se trata del «Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU)», el cual es recaudado por el Ayuntamiento del municipio en el que se encuentre el inmueble. También afecta a los inmuebles que se heredan o donan y en estos casos, los que reciben el bien inmueble son los que deben hacerse cargo del impuesto.

Para que este tributo grave el bien inmueble debe producirse una plusvalía o incremento del valor del suelo entre la fecha de compra (o adquisición) y la fecha de venta (o enajenación). Si se produce plusvalía (incremento de valor) del suelo se genera el tributo y se está obligado al pago, independientemente de que la cantidad sea grande o pequeña. No obstante, el Tribunal Constitucional declaró recientemente que, si el impuesto que se liquida por el Ayuntamiento se hace considerando un incremento de valor superior al realmente obtenido de la venta, este impuesto produciría una tributación indebida, contraria a los principios constitucionales de no confiscatoriedad y capacidad económica de los ciudadanos y no se deberá pagar el impuesto.

En Valmesasociedad de tasación homologada por el Banco de España, realizamos el informe técnico necesario para poder acreditar estos valores, tanto el valor del suelo como del inmueble entre las dos fechas indicadas, la de compra y la de venta. De esta manera fijamos la existencia de plusvalía o de minusvalía del suelo y, además, obtenemos el valor del inmueble en las dos fechas, para poder justificar la existencia o inexistencia de beneficios reales, para que no se produzca una excesiva tributación y se acabe pagando indebidamente.

Si eres el contribuyente obligado al pago, este servicio te puede servir para recurrir ante el Ayuntamiento un cobro indebido o excesivo de este tributo. Y para el caso de un Ayuntamiento, le puede ayudar a acreditar que se ha producido la plusvalía del suelo en los inmuebles a los que aplica el tributo, para que en todo momento se actúe conforme a derecho. En Valmesa te asesoramos con nuestros informes técnicos independientes y te indicamos si se ha producido o no, efectivamente, plusvalía.

Para la realización de estos informes, Valmesa cuenta con un equipo de profesionales, arquitectos y arquitectos técnicos, que utilizan alta tecnología para procesar nuestra amplia base de datos de inmuebles para dar seguridad y fiabilidad a los informes. Un informe riguroso e independiente es una baza fundamental para defender nuestra posición con las mayores probabilidades de éxito.

Resumiendo:

  • Mediante nuestro informe se justificará: o bien la inexistencia de incremento de valor/plusvalía cuando la evolución del mercado inmobiliario local haya sido negativa entre el inicio y el final del periodo de propiedad del inmueble transmitido, o bien la existencia real de incremento de valor/plusvalía cuando la evolución del mercado inmobiliario local haya sido positiva.
  • Con el informe se podrá argumentar si la compraventa, u otra operación análoga, está sujeta, o no, al impuesto, de una manera objetiva e independiente.

 

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